Es cualquier acción o conducta que, cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o afectación económica-patrimonial, a las personas por su orientación sexual. La violencia hacia la diversidad sexual tiene como expresión más grave a los homicidios, asesinatos y violaciones sexuales a los cuales se les denomina “crímenes de odio” o “violencia por prejuicio”[1].
De acuerdo con los Principios de Yogyakarta, la orientación sexual y la identidad de género son esenciales para la dignidad y la humanidad de toda persona y no deben ser motivo de discriminación o violencia, señalando que, “las violaciones a los derechos humanos basadas en la orientación sexual o la identidad de género, reales o percibidas de las personas, constituyen un patrón global y arraigado que es motivo de seria preocupación de los Estados” [2].
Diversos organismos de las Naciones Unidas como la Organización Mundial de la Salud (OMS), Organización Internacional del Trabajo (OIT), Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), el Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/Sida (ONUSIDA), entre otros; han hecho un llamado a los Estados a que tomen medidas urgentes para poner fin a la violencia y discriminación que afecta a las personas que tienen una orientación sexual e identidad de género diferente. La declaración emitida el 15 de setiembre del año 2015 señala:
“Todas las personas tienen el mismo derecho a no ser objeto de violencia, persecución, discriminación y estigmatización. Las leyes internacionales en materia de derechos humanos establecen obligaciones jurídicas para los Estados a fin de garantizar que todas las personas, sin distinción alguna, puedan gozar de tales derechos”[…] Las Naciones Unidas y otras organizaciones han documentado violencia física y psicológica generalizada contra personas LGBTI en todas las regiones, incluyendo asesinatos, agresiones, secuestros, violaciones, violencia sexual, así como torturas y malos tratos, tanto en el ámbito institucional como en otros. Las mujeres lesbianas, bisexuales y trans y los jóvenes LGBTI se encuentran particularmente expuestos al riesgo de violencia física, psicológica y sexual en el ámbito familiar y comunitario.” (Naciones unidas, 2015).[3]
Por su parte la Defensoría del Pueblo indica que, son los estigmas, prejuicios y estereotipos que tiene la sociedad sobre la orientación sexual e identidad de género diferente, lo que los hace blanco de diversas agresiones y ataques contra su vida e integridad física. Sufren discriminación, exclusión y negación de derechos, tanto en los espacios públicos como en los privados, situación que no debemos permitir como sociedad[4].
Cabe recordar que, en el Perú la Política Nacional de Igualdad de Género[5] aporta las siguientes definiciones:
Orientación sexual:
Se refiere a la capacidad de cada persona de sentir atracción emocional, afectiva y sexual por otras personas. Es un concepto complejo cuyas formas cambian con el tiempo y difieren a través de las diferentes culturas. La orientación sexual no guarda relación con la identidad de género.
Identidad de Género:
Es la vivencia interna e individual del género, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo (que podría involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que la misma sea libremente escogida) y otras expresiones de género, incluyendo la vestimenta, el modo de hablar y los modales
De otro lado, distintos organismos de Derechos Humanos han definido conceptos relacionados a la orientación sexual e identidad de género, entre ellos:
LGBTI:
Es el término con que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Unidad para los Derechos de las Personas Lesbianas, Gay, Bisexuales, Trans e Intersex, de la CIDH, adopta para agrupar de manera sencilla las categorías de orientación sexual, identidad de género y expresión de género[6].
Intersexualidad:
Entendida como “todas aquellas situaciones en las que el cuerpo sexuado de un individuo varía respecto al standard de corporalidad femenina o masculina culturalmente vigente” (Mauro Cabral, 2005). Se refería a la persona que nace con ambos sexos. Actualmente, el término intersex es el más adecuado[7].