
Sobre SNEJ
El Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar (SNEJ) agrupa los servicios de justicia y sociales que aseguren la protección de las víctimas en la esfera personal, familiar y social, y una intervención oficiosa y oportuna, una actuación imparcial e investigación exhaustiva de los hechos de violencia, desde los enfoques de género e interseccionalidad. En ese sentido, el Sistema debe garantizar una atención integral a las víctimas de violencia desde los estándares de debida diligencia reforzada y actuación imparcial, aplicando los principios y enfoques de la Ley N° 30364.
En tal sentido, se reconoce que los servicios especializados que brinda el SNEJ involucra, de un lado, la asistencia jurídica y social, a través del Centro Emergencia Mujer – Aurora y defensa pública de MINJUSDH, y, de otro lado, la activación del proceso especial para la protección y sanción, con la intervención de la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público y Poder Judicial.
- Mujeres en su diversidad.
- Niños y adolescentes, víctimas de delitos sexuales.
- Integrantes del grupo familiar en situación de desventaja y vulnerabilidad, tal como lo dispone el art. 6 de la Ley 30364.
- Feminicidio
- Lesiones
- Violación sexual
- Tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos.
De conformidad al artículo 2° del referido Decreto Legislativo, el Sistema Nacional Especializado de Justicia (SNEJ), se encuentra integrado por:
- Poder Judicial
- Ministerio Público
- Policía Nacional del Perú
- Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
- Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
Estas instituciones, en el marco de sus competencias, establecen, de forma articulada, mecanismos de monitoreo y evaluación de la implementación y funcionamiento del Sistema.
Mediante Decreto Legislativo N° 1368, se creó el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de las mujeres e integrantes del grupo familiar. EL cual reúne a las instituciones involucradas en la atención de los casos de violencia: Poder Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Servicios de justicia y sociales
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Módulo Integrado de Justicia -Juzgado de Familia- Subespecialidad en violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar |
Los Juzgados especializados se ubican en los Módulo Integrado. Los operadores que atienden denuncias están capacitados exclusivamente en la resolución del caso. Estos módulos brindan servicios las 24 horas del día y están operados por un equipo interdisciplinario de profesionales en psicología, medicina, educación y asistencia social, quienes realizan entrevistas y evaluaciones a las víctimas, las cuales tienen validez durante el proceso judicial. Cuentan con ambientes para cámara Gesell, lactario, ludoteca, salas de audiencia, tópico, ambientes para entrevistas, entre otros. Al respecto, el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, publicado el 3 de junio de 1993, señala en el artículo 53 la competencia de los Juzgados de Familia, aclarando que en materia tutelar dichos juzgados conocen: “inc. c) Las pretensiones relativas a la prevención y protección frente a la Violencia Familiar que norman las Leyes Nº 26260 y 26763 y su texto único ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 006-97-JUS y su Reglamento”. Este marco legal que le servía de referencia para esta competencia fue derogado en noviembre del 2015 y fue reemplazado por la Ley 30364 que tiene competencia que va mucho más allá de la intervención en el plano de la familia. En efecto, esta nueva disposición atiende la violencia contra las mujeres no sólo en el ámbito de las relaciones familiares sino donde sea que ocurran, sean espacios públicos, privados o cualquier otro. Asimismo se incluye la violencia a lo largo de todo el ciclo vital de las mujeres, superando las disposiciones anteriores que se centraban en la violencia que ejercía su pareja o algún familiar. Se incluyen entonces otras modalidades de violencia frente a la cual hay que proteger a la mujer como acoso sexual en espacio público, violencia entre enamorados, tentativa de feminicidio no íntimo, entre muchos otros, que superan largamente la competencia de los Jueces de familia. |
http://historico.pj.gob.pe/convocatorias/noticias.asp?codigo=17885&opcion=detalle&sede=2 |
Juzgado de Familia/ Juzgado Penal |
A diferencia de los módulos integrados, los Juzgados de Familia también reciben denuncias de violencia contra las mujeres y emite medidas de protección para las víctimas. Sin embargo, este juzgado atiende estos casos, adicionalmente a casos de alimentos, tenencia, divorcio, entre otras problemáticas. Según el art. 46 del capítulo V del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial Decreto Supremo Nº 017-93-JUS que norma sobre los Juzgados Especializados: “La Corte Suprema, atendiendo a las necesidades del servicio judicial y a la carga procesal, puede crear otros Juzgados de distinta especialidad a los antes señalados, definiendo su competencia”. En tal sentido se solicita la creación de los juzgados especializados en violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar en el marco del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres y los integrantes el grupo familiar. De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial donde no existen los juzgados especializados atienden los jueces de familia, o los Juzgado Mixtos. Asimismo, la Ley 30364 y su reglamento disponen que las medidas de protección pueden ser otorgadas por los Jueces de Paz Letrado con competencia delegada así como por los Jueces de paz. En cuanto a los juzgados penales, se encargan de valorar los elementos probatorios ofrecidos por las partes y juzgar al imputado. |
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[1]Artículo 13 y 75 del Reglamento de la Ley N° 30364.
[2] Artículo 26 de la Ley N° 30364 e inciso 2 del artículo 13 del Reglamento de la Ley.
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Fiscalías Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar |
Las Fiscalías Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar dirigen y conducen la investigación de los delitos de su competencia, ejercitan la acción penal, formalizan el proceso judicial y formulan acusación solicitando la imposición de penas contra las personas agresoras y las reparaciones civiles a favor de las víctimas. Asimismo, impulsan la ejecución de la pena y solicitan medidas de protección y medidas cautelares a favor de las víctimas, así como disponen la intervención de las Unidades de Asistencia a Víctimas y Testigos para el acompañamiento a las víctimas a lo largo de la investigación y proceso penal. Tratándose de imputados adolescentes, mayores de 14 años, las Fiscalías Especializadas de Familia conducen la investigación de la infracción a la ley penal, con las atribuciones que les reconoce la ley 30364 y en el marco de las normas del derecho penal juvenil y los derechos del niño. |
https://www.mpfn.gob.pe/fiscaliasdeturno/ |
Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses |
El Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, a través de la Unidad de Investigación Tanatológico Forense y la Unidad de Investigación Clínico Forense, establece los parámetros para la evaluación y valoración del daño sexual, físico o psíquico generado por la violencia perpetrada contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, que constituyen medios probatorios para acreditar la comisión de delitos o faltas y evidenciar las lesiones o daños sufridos por las víctimas; actividad que se basa en la realización del examen médico legal, así como en el recojo y custodia de evidencias en el marco de las competencias, y respetando los plazos establecidos en la legislación correspondiente[1]. Es, además, el órgano encargado de realizar las necropsias de ley, según disposición fiscal, e investigar y determinar la causa de la muerte de la persona fallecida, realizándose como parte de dicho proceso, diferentes diligencias dirigidas a proporcionar los medios probatorios requeridos en dichas investigaciones. |
https://www.mpfn.gob.pe/iml/ |
Unidad Distrital de Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos (UDAVIT) | Las UDAVIT cuentan con un equipo multidisciplinario de profesionales que realiza las siguientes acciones:
– Brindar asistencia psicológica, social y legal a las víctimas de la violencia en todas sus modalidades en el marco de la Ley No. 30364. – Brindar soporte y acompañamiento a las víctimas y/o testigos durante su participación en la investigación y el proceso penal. – Promover el acceso al sistema de justicia con respeto a la dignidad de las víctimas, y ayudarles a enfrentar y superar las consecuencias emocionales del delito. – Supervisar la adecuada ejecución de las medidas de protección otorgadas a favor de las víctimas de la violencia. |
https://www.mpfn.gob.pe/index.php?K=427 |
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Comisarías básicas Comisarías de Familia |
Son órganos desconcentrados que reciben y registran las denuncias, de parte o de oficio, por violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. Además, realizan la investigación preliminar de los hechos, reúnen las evidencias. De igual modo, son las que ejecutan medidas de protección dadas a las víctimas. |
https://www.mininter.gob.pe/ubica-tu-comisaria |
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Centros de Emergencia Mujer – Programa Nacional AURORA |
Es un servicio público especializado y gratuito, de atención integral e interdisciplinaria, para víctimas de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, en los cuales se brinda orientación legal, patrocinio jurídico, consejería psicológica y presta asistencia social. Realizan también informes psicológicos sobre el impacto de la violencia en las víctimas que tienen valor probatorio[2] en el proceso especial, tanto en la etapa de protección y sanción; así como, actividades de prevención a través de capacitaciones, campañas comunicacionales, formación de agentes comunitarios y movilización de organizaciones. |
https://www.google.com/maps/d/viewer?mid=1sfDbVoymxldA4mWOe7rN_66NnuI&ll=-7.89117913650139%2C-81.69042491406253&z=6 |
Hogares Refugio |
Son lugares de acogida temporal para víctimas de violencia familiar, se les llama, también, Casa de Acogida. Brindan protección, albergue, alimentación y atención multidisciplinaria propiciando su recuperación integral. Ofrecen espacios seguros para analizar y decidir acerca de un nuevo proyecto de vida en paz y sin violencia, luego de haber recibido una atención integral y multidisciplinaria: legal, psicológica, y capacitación laboral. |
https://www.gob.pe/12458-denunciar-violencia-familiar-y-sexual-hogar-de-refugio-temporal-hrt |
Servicio MI60+ |
El servicio Mi60+ brinda atención en las situaciones de riesgo de violencia, dependencia, fragilidad, pobreza y está a cargo de un equipo multidisciplinario de psicólogos, trabajadores sociales y abogados, quienes acuden a los lugares donde se encuentran la persona adulta mayor y evalúan su situación física, psicológica, social y legal, resolviendo el caso y dictando una medida administrativa que restituye derechos con la participación de otros actores del Estado. |
Para solicitar una atención puede comunicarse al correo: mi60mas@mimp.gob.pe |
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Dirección de Asistencia Legal y Defensa de víctimas |
Brindan los siguientes servicios: Defensa de víctimas: asesoría y patrocinio jurídico gratuito durante todo el curso del proceso, desde la presentación de la denuncia hasta la ejecución de la reparación civil, de ser el caso. El patrocinio se extiende a cualquier caso en la que el/la patrocinada este considerada como agraviada. Asistencia legal en temas conexos a la situación de violencia: orientación legal y patrocinio gratuito en materia de alimentos, tenencia, régimen de visitas, separación convencional, etc. |
https://www.gob.pe/13494-ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-direccion-de-asistencia-legal-y-defensa-de-victimas
https://www.gob.pe/562-obtener-asesoria-legal-gratuita-defensa-publica |
Dirección de Defensa Penal |
La defensa penal que incluye la asesoría técnico legal y/o patrocinio gratuito a las personas denunciadas, investigadas, detenidas, inculpadas, acusadas o condenada; incluyendo a los adolescentes en conflicto con la ley penal, a fin de garantizar el derecho de defensa y asegurar que los procesos de investigación y juzgamiento sigan su curso. |
https://www.gob.pe/13495-ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-direccion-de-defensa-publica-penal |
Proceso de implementación del SNEJ
La norma de creación del SNEJ establece que su implementación será progresiva[1], por lo que se ha establecido un cronograma de implementación, el cual determina el funcionamiento del Sistema en los diversos distritos judiciales en diferentes periodos de tiempo que van desde julio de 2019 a diciembre de 2022.
[1] Artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1368.
El Decreto Legislativo N° 1368, en su Primera Disposición Complementaria, estableció que el Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días calendario de publicado el Decreto, apruebe mediante decreto supremo, el cronograma de implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar, y las disposiciones necesarias para su cumplimiento.
Mediante Decreto Supremo N° 003-2019-MIMP, publicado el 05 de marzo de 2019 se estableció el siguiente cronograma de implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar.
Decreto Supremo N° 003-2019-MIMP
El gráfico nos presenta los distritos judiciales que año por año (del 2019 al 2022) serían implementados a nivel nacional. Así, para el primer año se tenía prevista la implementación de cinco distritos judiciales, de los cuales, a la fecha, se han implementado servicios especializados en: Lima Este, Puente Piedra – Ventanilla, Arequipa y Callao, quedando pendiente el distrito judicial de Áncash.
A partir de los primeros meses del 2020, la Dirección General contra la Violencia de Género del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, asumió la responsabilidad de impulsar un proceso de implementación del SNEJ de manera organizada y articulada para lo cual se ideó la construcción de una “Estrategia de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar”.
a. Diseño de la Estrategia de Implementación del SNEJ
La estrategia de implementación del SNEJ es el primer instrumento de gestión del Estado peruano que articula y organiza a las instituciones que integran el SNEJ, en torno a objetivos comunes a desarrollarse en un periodo de cinco años, con la finalidad de garantizar el óptimo y efectivo cumplimiento de los procedimientos establecidos en la Ley N° 30364 y su Reglamento, de acorde a los estándares internacionales sobre la materia: acceso a la justicia, protección integral, entre otros.
La estrategia de implementación parte de la identificación de ejes estratégicos, a partir de los cuales se desprenden objetivos y acciones para la implementación y óptimo funcionamiento del Sistema:
- Eje de organización y gestión operativa: Comprende el nivel de adecuación de las estructuras y cultura organizacional a las necesidades y nuevas formas de gestión que amerita el SNEJ. Implica además la generación de un modelo de gestión (modelo de servicios), metodología de trabajo y operativa para la gestión de las instituciones que integran el Sistema.
- Eje de desarrollo normativo: Implica el análisis de los principales aspectos a nivel normativo que impactan en la gestión del Sistema, así como la adecuada y óptima aplicación de la Ley N° 30364. Es preciso considerar que la normativa en materia de protección y sanción de la violencia contra las mujeres en su diversidad e integrantes del grupo familiar, debe evolucionar y aspirar al éxito de un proceso más acorde con los principios y recomendaciones de estándares internacionales en la materia, haciendo énfasis en mitigar aquellas situaciones de violencia que ponen en mayor desventaja a grupos en situación de vulnerabilidad como la población LGTBI, mujeres indígenas, afrodescendientes, adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, y personas con discapacidad.
- Eje de Articulación: La implementación del SNEJ amerita articulación en distintos niveles. Comenzando por concebir al proceso especial establecido en la Ley N° 30364 como un proceso integral y no como dos procedimientos independientes, aun cuando los ámbitos jurisdiccionales sean distintos, existen elementos que trascienden a ambos ámbitos procesales como la necesidad de protección de las víctimas que no debe perderse de vista aun cuando nos encontremos en el ámbito penal o de sanción del proceso especial. El propio sistema debe priorizar la articulación de las instituciones que lo integran para el éxito de la implementación.
- Eje de Especialización:Reconoce la necesidad de contar con operadores especializados dentro del SNEJ, por lo que considera el diseño de perfiles y oferta académica que permita que los profesionales profundicen sus conocimientos en temas de violencia basada en género, así como la interiorización del enfoque de género para el desarrollo de las funciones que desempeñen.
b. Acciones para la elaboración y validación de propuesta de estrategia de implementación SNEJ
Para elaborar la propuesta de estrategia de implementación del SNEJ se siguió una ruta metodológica que se traduce en el siguiente gráfico:
c. Elaboración de un diagnóstico del SNEJ
Con el fin de que la estrategia de implementación se sustente en las necesidades y problemáticas que afrontan nuestras instituciones del SNEJ, era de suma importancia la elaboración del diagnóstico del SNEJ, cuya elaboración fue direccionada por el Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del MIMP en coordinación con el equipo técnico del SNEJ. Este documento actualmente forma parte de la estrategia de implementación del SNEJ y estará disponible en cuanto sea aprobado y validado interinstitucionalmente.
d. Elaboración del proyecto de estrategia de implementación del SNEJ
Durante los meses de febrero, marzo y abril de 2020, considerando las principales problemáticas y las condiciones de las instituciones que integran el SNEJ, el equipo técnico SNEJ de la DGCVG-MIMP elaboró una propuesta de estrategia de implementación, considerando objetivos propiamente del SNEJ y otros objetivos para las instituciones que lo integran; asimismo se plantearon acciones e indicadores para verificar el cumplimiento de tales objetivos.
e. Presentación, levantamiento de observaciones y validación bilateral de las instituciones que integran el SNEJ
La propuesta de estrategia de implementación fue socializada entre los/las representantes de las instituciones que integran el SNEJ, quienes fueron designados/as para participar en las reuniones de trabajo para la presentación, levantamiento de observaciones y validación bilateral de la estrategia de implementación. Dichas reuniones de trabajo se llevaron a cabo de manera virtual entre los meses de mayo, junio y julio de 2020. A la fecha se ha conseguido validar de manera bilateral con cada una de las instituciones integrantes del SNEJ la estrategia de implementación luego de las modificaciones realizadas en base a los aportes que las mismas brindaron.
Reunión Virtual de Validación Bilateral entre el Equipo Técnico SNEJ y Ministerio Público
f. Validación interinstitucional de la estrategia de implementación del SNEJ
Próximamente se estará realizando la validación interinstitucional de la estrategia de implementación mediante una reunión virtual que contará con la participación de los/las representantes de las cinco instituciones quienes confluirán juntamente con las autoridades del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables.
Mediante Decreto Supremo N°011-2021-MIMP se aprueba la “Estrategia Nacional de Implementación del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar 2021-2026”, esta estrategia ha sido validada por todas las entidades que conforman el SNEJ, luego de reuniones bilaterales e interinstitucionales que permitieron un proceso participativo de construcción del documento.
Esta estrategia pretende convertirse en un instrumento que garantice la operatividad, supervisión y monitoreo del SNEJ, en su proceso de implementación a nivel nacional. Involucrando la adecuación de los servicios que actualmente contamos en las instituciones conformantes, para así estandarizar y brindar una atención óptima a las víctimas de violencia.
Esta implementación está basada en indicadores y objetivos comunes que permiten visibilizar el trabajo conjunto y coordinado de las instituciones, con la finalidad de tomar decisiones de mejora en los procesos, funcionamiento y organización.
Finalidad:
La finalidad de la implementación del SNEJ es organizar estratégicamente el proceso de implementación progresiva del Sistema, logrando una articulación entre instituciones que brinde respuesta inmediata e idónea a las víctimas, garantizando su acceso a la justicia y protección integral.
Esta herramienta apunta a mejorar la calidad de los servicios de atención de víctimas de violencia, considerando que el acceso a la justicia implica la obtención de una respuesta judicial efectiva, idónea, oportuna, eficiente y de calidad, de acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos.
Objetivos:
Se han establecido 5 objetivos de la Estrategia Nacional de Implementación, considerando 4 ejes estructurales:
OE-1: Busca garantizar el acceso a la justicia para las víctimas y su protección integral, se debe brindar una respuesta especializada a través del proceso tutelar y penal, así como disponer de lineamientos que incorporen un enfoque interseccional. La normativa vigente debe garantizar la protección de víctimas considerando todos los factores de vulnerabilidad.
OE-2: Definir la calidad de los servicios del SNEJ, incorporando estándares internacionales sobre la materia, buscando que estos estén integrados y articulados a fin de poder promover la sinergia entre los mismos.
OE-3: Orientado a asegurar la articulación a través de dos niveles; el primero, parte del proceso en la etapa penal y tutelar, en la protección a la víctima, la investigación y sanción penal del agresor; en segundo lugar, la articulación interna del SNEJ en la coordinación entre instituciones orientando al fortalecimiento de vínculos locales que permitan una atención óptima y eficiente.
OE-4: La gestión de recursos expresa la importancia de contar con líneas presupuestales destinadas específicamente al SNEJ a fin de procurar su óptimo funcionamiento.
OE-5: Garantizar una respuesta integral en la atención de casos de violencia que requieren debida diligencia y la eliminación de estereotipos machistas, a fin de contar con operadores especializados y con enfoque de género.
Indicadores:
OE 1 – Desarrollar instrumentos normativos para la implementación del SNEJ | OE 2 – Implementar servicios integrales, prioritarios y oportunos según modelo para funcionamiento del SNEJ | ||
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OE – 3 Articular efectivamente acciones de instituciones que integran el SNEJ | OE – 4 Gestionar recursos, sistemas y conocimiento para implementación del SNEJ | OE – 5 Contar con operadoras/es especializados/as en género y temas relacionados con la competencia material del SNEJ | |
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Seguimiento y evaluación de la Estrategia Nacional de Implementación:
El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables se encarga de la conducción, seguimiento y evaluación de la implementación y funcionamiento del SNEJ. Los equipos de trabajo institucionales deben informar trimestralmente a los titulares de cada entidad integrante del SNEJ sobre los avances de la implementación y funcionamiento en cada distrito judicial.
Los titulares de cada entidad son responsables de informar anualmente ante la Comisión Multisectorial de Alto Nivel del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, los resultados del seguimiento.
Fortalecimiento de Capacidades
Curso “Violencia basada en género en el contexto de la emergencia sanitaria por el COVID-19”
- La Dirección General Contra la Violencia de Género con el apoyo de Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo – AECID implementó, del 13 al 28 de mayo de 2020, el curso “Violencia basada en género en el contexto de la emergencia sanitaria por el COVID-19”.
- Este curso tuvo como finalidad fortalecer las capacidades de los/as operadores/as de justicia en temas de violencia basada en género, con énfasis en el marco normativo vigente, en particular, el Decreto Legislativo N° 1470, y las recomendaciones de los organismos internacionales de derechos humanos vinculadas a las restricciones de derechos ocasionados por el COVID-19.
- Se contó con la participación de 214 operadores/as del Ministerio Público, Poder Judicial, Policía Nacional del Perú, Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables de los ámbitos territoriales de Lima Norte, Lima Este, Ancash, Arequipa, Cusco y Junín, que se encontraban atendiendo casos de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar durante la emergencia sanitaria.
Taller “Violencia basada en género en el contexto de la emergencia sanitaria por el COVID-19”
- A fin de lograr el fortalecimiento de las capacidades de los jueces, juezas y fiscales, se ha iniciado un trabajo conjunto con la Academia de la Magistratura, para la realización conjunta de actividades académicas sobre temas de género y violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
- En ese marco, la Academia de la Magistratura y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables coorganizaron el Taller “Violencia basada en género en el contexto de la emergencia sanitaria por el COVID-19”, lanzando una convocatoria abierta, con un total de 150 vacantes, bajo el siguiente perfil:
- Jueces y juezas de los Juzgados de Familia especializado en Violencia Familiar, Juzgados de familia y Juzgados de Paz Letrado y Juzgados penales.
- Fiscales de las Fiscalías Provinciales Corporativas Especializadas en delitos contra la mujer e integrantes del grupo familiar, Fiscalías Especializadas en Delitos de lesiones y agresiones en contra de las mujeres e integrantes del grupo familiar y Fiscalías penales.
- Dada la gran acogida que tuvo el Taller (más de 600 postulantes), se decidió ampliar el número de vacantes, seleccionando así a 245 magistrados/as del Poder Judicial y Ministerio Público en los ámbitos territoriales de Amazonas, Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cañete, Cusco, Del Santa, Huancavelica, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Loreto, Moquegua, Pasco, Piura Puno San Martin, Selva Central, Sullana, Tacna, Tumbes, Ucayali y Ventanilla, de los cuales 73 fueron jueces/as y 172 fiscales.
- El Taller se realizó del 1 al 14 de julio de 2020, contando con 25 horas académicas. Cabe señalar que para la contratación de las 4 docentes se contó con el apoyo de PNUD.
Asistencia Técnica “Funcionamiento del SNEJ y la Violencia Sexual, normativa actual”
- El 03 de setiembre a las 09:00 am se dio inicio a la asistencia técnica en materia de Funcionamiento del Sistema Nacional Especializado de Justicia y Violencia Sexual y su normativa actual. La asistencia técnica estuvo a cargo del Director de la Dirección de Asistencia Técnica y Promoción de Servicios, Kenny Perez Diaz y el profesional Enrique Valcárcel Velásquez, la misma que tuvo la participación del equipo de la Unidad de Articulación de Servicios del Programa Nacional AURORA.
- Esta asistencia técnica tuvo como finalidad fortalecer las capacidades de las/los servidores públicos del Programa Aurora a fin de que puedan replicar la información brindada respecto al funcionamiento y ordenamiento del SNEJ, indicadores, competencias y acciones asignadas.
- Asimismo, se pudo intercambiar conocimientos acerca de la Violencia Sexual y su marco normativo vigente con el objetivo de actualizar a los profesionales del Programa AURORA sobre este delito, fortaleciendo la atención del equipo de la Unidad de Articulación de Servicios, comprometidos en disminuir la violencia hacia las mujeres e integrantes del grupo familiar.