1. Política Nacional de Igualdad de Género
La Política Nacional de Igualdad de Género (PNIG), aprobada con Decreto Supremo N° 008-2019-MIMP, tiene 06 Objetivos Prioritarios, 20 Lineamientos y 52 servicios a cargo de 21 entidades. Aborda las causas y los efectos de la discriminación estructural contra las mujeres, en concordancia con las obligaciones internacionales del Estado peruano en materia de derechos humanos, las políticas de Estado establecidas en el Acuerdo Nacional, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Imagen del Perú al 2030.
La Política Nacional de Igualdad de Género[1] constituye una política nacional multisectorial, cuya conducción está a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), entidad que lidera técnicamente su seguimiento y evaluación en el marco de sus competencias y funciones. La mencionada política plantea como estrategia la prestación de servicios priorizados que contribuyan en la reducción de las brechas basadas en género, orientados al cumplimiento de los seis objetivos prioritarios que son:
La PNIG, señala que la desigualdad y la discriminación contra las mujeres se encuentra vinculada, de manera directa y estrecha con la violencia de género, es decir, la violencia que sufren por el hecho de ser mujeres. En ese sentido, el logro de la igualdad de género solo será posible en la medida que se resuelvan las causas y los efectos de la discriminación estructural contra las mujeres, por lo cual es importante reconocer los patrones socio culturales discriminatorios, así como reducir la tolerancia social frente a la violencia.
La discriminación estructural se evidencia en las vulneraciones a diversos derechos humanos de las personas, dentro de estos derechos está el derecho a una vida libre de violencia. Es importante señalar que, las mujeres pertenecientes a algunos grupos, además de sufrir discriminación por el hecho de ser mujeres, pueden estar expuestas a múltiples formas de discriminación por otras razones, como la raza, la orientación sexual, el origen étnico, la religión, la incapacidad, la edad, la clase, u otros factores.
2. Objetivo Prioritario Nº 1: Reducir la violencia hacia las mujeres.
El Objetivo prioritario número 1 (OP1) “Reducir la violencia hacia las mujeres”, tiene en cuenta que la discriminación estructural contra las mujeres en nuestra sociedad se evidencia en las vulneraciones a diversos derechos fundamentales de las personas, como el derecho a una vida libre de violencia. No obstante, otros Objetivos estratégicos también están relacionados a la prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar.
OBJETIVO PRIORITARIO OP1: Reducir la violencia hacia las mujeres | |||
Lineamiento | Servicio | Persona | Proveedor |
1.1.Implementar medidas de atención y protección para mujeres víctimas de violencia e integrantes del grupo familiar | 1.1.1. Atención integral, accesible, oportuna, articulada, disponible y de calidad a niñas, niños y adolescentes, víctimas de maltratos y violencia (MAMIS). | Niños, niñas, adolescentes | MINSA |
1.1.2. Atención de la salud mental a nivel comunitario, oportuna, fiable y con pertinencia cultural (Centro de salud mental comunitario – CSMC) | 1. Mujeres, niñas/os y adolescentes víctimas de violencia. 2. Familiares directos de víctimas de feminicidio y tentativa de feminicidio. |
MINSA | |
1.1.3. Atención integral, oportuna, disponible, articulada, accesible geográficamente, con pertinencia cultural y de calidad, a mujeres e integrantes del grupo familiar afectadas por hechos de violencia física, psicológica, sexual y económica o patrimonial, así como cualquier persona afectada por violencia sexual (CEM). | 1. Mujeres e integrantes del grupo familiar afectados por hechos de violencia física, psicológica, sexual y económica o patrimonial. 2. Víctimas de violencia sexual. |
MIMP | |
1.1.4. Registro y seguimiento de las medidas de protección de víctimas de violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar | Mujeres víctimas de violencia y los integrantes del grupo familiar | MININTER | |
1.1.5. Otorgamiento de las medidas de protección a las mujeres e integrantes del grupo familiar, víctimas de violencia, recepcionadas a través de diferentes canales institucionales. | Mujeres (en su diversidad y ciclos de vida) e integrantes del grupo familiar víctimas de violencia | Poder Judicial | |
1.1.6. Investigación oportuna en las fiscalías especializadas en violencia contra la mujer y los integrantes del grupo familiar (Fiscalías penales especializadas) | Mujeres e integrantes del grupo familiar víctimas de violencia | Ministerio Público – Fiscalía de la Nación | |
1.1.7. Defensa Pública especializada intercultural, accesible, oportuna, efectiva, disponible y de calidad para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres, integrantes del grupo familiar y en delitos sexuales en agravio de niños, niña y adolescente. | 1.Mujeres e integrantes del grupo familiar víctimas de violencia. 2. Niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos sexuales. 3. Personas integrantes de grupos de especial protección, que sean víctimas de violencia de género. |
MINJUS | |
1.1.8. Atención, orientación, asistencia legal y psicológica, intercultural, accesible, oportuna, efectiva, disponible y de calidad, a víctimas de acoso sexual laboral. | Hombres y mujeres trabajadores/as víctimas de acoso sexual laboral, en su centro de trabajo. | MTPE: empresa privada.
SERVIR: Administración Pública |
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1.1.9. Desarrollo de capacidades y competencias para operadores/as de justicia en violencia contra las mujeres para el ejercicio de sus funciones (Centro de Altos Estudios-MIMP). | Operadores/as de justicia (Poder judicial, Ministerio del Interior, Ministerio Público) en materia de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar. | MIMP | |
1.2. Implementar medidas de prevención de la violencia contra las mujeres en favor de la ciudadanía. | 1.2.1. Estrategia comunitaria de prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, considerando prioritariamente aquellas en situación de vulnerabilidad. | Población en general en los distritos de intervención priorizados. | MIMP |
1.2.2. Formación de redes de hombres para promover la igualdad, nuevas masculinidades y erradicar prácticas machistas y discriminatorias, accesibles geográficamente y con pertinencia cultural. | Hombres de 18 años a más en las zonas de intervención | MIMP | |
1.2.3. Provisión, a nivel nacional y con enfoque intercultural, de información que promueva el ejercicio del derecho a la denuncia de la violencia contra las mujeres, e informe sobre los mecanismos de prevención, protección y sanción existentes. | 1. Hombres y mujeres de acuerdo a la zona de intervención. 2. Niños, niñas y adolescentes de zonas urbanas y rurales. 3. Personas adultas mayores. 4. Mujeres viviendo con VIH, mujeres privadas de libertad y otros grupos vulnerables (Recomendación general N° 24 del Comité CEDAW). |
MIMP | |
1.2.4. Promoción de una convivencia escolar democrática y la prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes en las instituciones educativas | Niños, niñas y adolescentes en edad escolar. | MINEDU | |
1.2.5. Información en plataforma virtual para la detección y prevención de la violencia contra las mujeres en adolescentes y jóvenes (Chat 100/Acoso Virtual), fiable y con pertinencia cultural | 1. Adolescentes y jóvenes. 2. Mujeres e integrantes del grupo familiar. 3. Personas que conocen de casos de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar. |
MIMP | |
1.2.6. Programa especializado de intervención interdisciplinario para el tratamiento de la agresión sexual – TAS para disminuir la probabilidad de reincidencia delictiva o factores de riesgo criminógeno en casos de delitos de violencia sexual a través de los procesos de resocialización | Personas encarceladas por delitos contra la libertad sexual en su modalidad de violación sexual o tentativa y actos contra el pudor. | MINJUS |
3. Alineación de la Política Nacional de Igualdad de Género con el Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016-2021
La PNIG, ha sido alineada al Plan Nacional contra la Violencia de Género (PNCVG) 2016-2021, aprobado mediante Decreto Supremo N°008-2016-MIMP, para su aplicación en los tres niveles de gobierno y en los distintos sectores y entidades involucradas en la prevención, sanción y erradicación de la violencia de género. En ese sentido, con la aprobación de la PNIG, la problemática que aborda el PNCVG 2016-2021, ha sido integrada en la Política Nacional de Igualdad de Género.
Política Nacional de Igualdad | Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016-2021 | ||
Objetivo prioritario | Lineamiento | Objetivo prioritario | Acción estratégica |
OP5: Reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en los ámbitos público y privado entre hombres y mujeres | 5.4. Desarrollar las competencias para la aplicación del enfoque de género en los/as servidores/as públicos/as | Objetivo estratégico 1 Cambiar patrones socioculturales que reproducen relaciones desiguales de poder y diferencias jerárquicas que legitiman y exacerban la violencia de género, que afecta desproporcionadamente a las mujeres (mujeres de diferentes grupos de edad: niñas, adolescentes, adultas y adultas mayores; mujeres indígenas, afrodescendientes y mestizas; mujeres urbanas y rurales; mujeres heterosexuales, lesbianas, bisexuales y trans; mujeres con discapacidad; mujeres migrantes; mujeres viviendo con VIH y mujeres privadas de libertad), en la familia, sociedad e instituciones públicas y privadas. | 1. Fortalecimiento de capacidades en la formación inicial y en servicio del profesorado para la prevención de la violencia de género. |
OP1: Reducir la violencia hacia las mujeres | 1.2. Implementar medidas de prevención de la violencia contra las mujeres en favor de la ciudadanía. | 2. Implementación de acciones de prevención de la violencia de género en la comunidad educativa: padres y madres de familia, docentes, personal administrativo y estudiantes de las diferentes modalidades y niveles educativos | |
OP6: Reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la población. | 6.2. Implementar estrategias de comunicación masiva orientadas a la igualdad de género y no discriminación en la población. | 3. Diseño e implementación de una Estrategia Comunicacional Nacional para prevenir la violencia de género, articulada a nivel intersectorial, interinstitucional e intergubernamental. | |
OP5: Reducir las barreras institucionales que obstaculizan la igualdad en los ámbitos público y privado entre hombres y mujeres. | 5.4. Desarrollar las competencias para la aplicación del enfoque de género en los/as servidores/as públicos/as. | 5. Fortalecimiento de capacidades y empoderamiento de agentes comunitarios dinamizadores para promover cambios en los patrones socioculturales que generan violencia de género. | |
OP1: Reducir la violencia hacia las mujeres | 1.1. Implementar medidas de atención y protección para mujeres víctimas de violencia e integrantes del grupo familiar.
1.2. Implementar medidas de prevención de la violencia contra las mujeres en favor de la ciudadanía. |
Objetivo estratégico 2 Garantizar a las personas afectadas por violencia de género el acceso a servicios integrales, articulados, oportunos y de calidad, destinados a la protección, atención y recuperación de las personas afectadas por la violencia de género; y la sanción y reeducación de las personas agresoras. | 1. Implementación de un proceso integral y articulado de prevención, atención, protección y recuperación de personas afectadas y sanción y reeducación de personas agresoras |
3 Fortalecimiento de capacidades de los y las operadores/as de servicios. | |||
4. Implementación o fortalecimiento de servicios de atención, recuperación y rehabilitación de personas afectadas por violencia de género. | |||
5. Ampliación de servicios de atención para la reeducación de personas agresoras. | |||
P6: Reducir la incidencia de los patrones socioculturales discriminatorios en la población | 6.3. Difundir conocimiento sobre la influencia de los patrones socioculturales discriminatorios que sustentan la desigualdad de género y su progresiva transformación en la población | 6. Establecimiento de un sistema de información de la violencia de género | |
Breve explicación de la relación y/o complementariedad entre lineamientos. | Los Objetivos prioritarios 1, 5 y 6 de la PNIG contienen lineamientos sobre violencia contra las mujeres que son concordantes con los objetivos estratégicos del Plan Nacional contra la Violencia de Género 2016-2021. |
Fuente: PNIG
4. Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género (PEMIG)
El Plan Estratégico Multisectorial de Igualdad de Género – PEMIG[2], establece indicadores y metas anualizadas por cada servicio, y está alineado a los instrumentos de gestión sectoriales e institucionales (PESEM, PEI y POI) por parte de las entidades responsables, en el ámbito nacional, regional y local.
La finalidad del PEMIG es lograr la implementación de la Política Nacional de Igualdad de Género a través de los servicios. Ello implica el trabajo articulado y coordinado con todas las entidades responsables, de modo que éstas puedan alinear sus instrumentos de planificación estratégica y operativa, según cada nivel de gobierno, a los objetivos prioritarios, lineamientos y servicios dispuestos en la PNIG.
5. Matriz de seguimiento del PEMIG
La matriz incorpora 85 indicadores (25 de calidad y 60 de cobertura) por cada uno de los servicios definidos en la PNIG, con la finalidad de poder medir la implementación en el territorio por parte de las entidades responsables de su ejecución. El diseño de los indicadores responde al trabajo coordinado entre el MIMP y cada una de las entidades públicas responsables de los servicios. El mencionado instrumento incorpora la siguiente información:
- Nombre del indicador: Define el objeto de medición. La denominación del indicador se construye combinando el parámetro de medición (magnitud que se utiliza para medir, por ejemplo, porcentaje); el sujeto (unidad de análisis) y la característica (lo que se desea medir del sujeto).
- Fórmula de cálculo: definida como la relación matemática de las variables (Armijo, 2011, p. 81). – Fuente de datos: donde se registran los medios de verificación de los cuales proviene la información de los indicadores.
- Metas proyectadas al 2030: expresan el nivel de desempeño a alcanzar y se vinculan a los indicadores, brindando la base para la planificación operativa y el presupuesto (Armijo, 2011, p. 88). – Oficina responsable del indicador: consignándose el responsable técnico de la información de los indicadores.
6. Guía y Cartilla
Descargue el material dándole un click en los enlaces:
[1] https://www.gob.pe/institucion/mimp/normas-legales/271118-008-2019-mimp
[2] Aprobado con D.S. N°002-2020-MIMP, el 7 de marzo 2020 .https://www.gob.pe/institucion/mimp/normas-legales/455336-002-2020-mimp